La unión marital de hecho: más vieja que el matrimonio, más joven como ley
La convivencia sin papeles existió mucho antes que cualquier institución jurídica — la ley solo llegó a nombrarla en 1990.
Antes de que existiera cualquier registro civil o notaría, la unión libre entre dos personas ya era, de hecho, la forma más básica de organizar una familia. El matrimonio, con sus formalidades y su respaldo religioso o estatal, es una capa posterior que la humanidad fue construyendo encima de esa realidad más antigua.
En Colombia, esa realidad solo obtuvo nombre y reglas propias con la Ley 54 de 1990: creó la figura de la unión marital de hecho, la comunidad de vida permanente y singular entre dos personas que no están casadas, y las bautizó legalmente "compañeros permanentes".
La diferencia más importante frente al matrimonio no está en cómo empieza (ambas nacen de un acuerdo de voluntades, formal o de hecho) sino en cómo se protege el patrimonio: mientras la sociedad conyugal nace automáticamente el mismo día de la boda, la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes no nace con la convivencia — nace después, cuando se cumplen los requisitos que la ley exige. Ese "después" es exactamente la ventana que hace que las capitulaciones de unión marital de hecho sean tan distintas — y tan valiosas — frente a las matrimoniales.
Con el tiempo, la Corte Constitucional fue extendiendo a la unión marital de hecho derechos patrimoniales que en un principio solo tenía el matrimonio: alimentos, vocación sucesoral, porción conyugal. Hoy, en el terreno económico, ambas instituciones están mucho más cerca de lo que estaban en 1990 — aunque siguen siendo jurídicamente distintas.
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