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Matrimonio

Nulidad del matrimonio vs. divorcio: no es lo mismo terminar mal que terminar tarde

Uno mira hacia atrás, al momento en que te casaste. El otro mira hacia adelante, a lo que pasó después.

Es fácil confundirlos porque los dos terminan con el vínculo, pero la lógica detrás de cada uno es opuesta. La nulidad existe porque algo estuvo mal desde el principio — un vicio en la formación misma del matrimonio: falta de consentimiento libre, un impedimento que no se reveló, una incapacidad no resuelta. El divorcio, en cambio, no cuestiona cómo empezó el matrimonio — reconoce que algo pasó después que justifica terminarlo.

Las causales de nulidad se dividen en saneables e insaneables. Las saneables (como el error sobre la persona, o haberse casado bajo fuerza) se convalidan si, pasado un tiempo razonable de convivencia, nadie alega el vicio. Las insaneables — parentesco cercano entre los contrayentes, o que uno de los dos siga casado con alguien más (bigamia) — no se sanan con el paso del tiempo ni con la convivencia.

El divorcio, por su parte, tiene sus propias causales (art. 154 CC) que se agrupan en tres familias: las causales remedio (nadie es culpable — separación de cuerpos prolongada, enfermedad grave), las causales sanción (uno de los cónyuges incumplió los deberes del matrimonio) y la causal intermedia, que hoy en la práctica es la más usada: el mutuo acuerdo.

Para efectos patrimoniales el resultado final es parecido — el vínculo termina y toca liquidar lo que haya en común —, pero para efectos de responsabilidad, herencia y buena fe, la diferencia entre "esto nunca debió existir" y "esto existió y terminó" sí importa.